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domingo, 23 de mayo de 2010

Cervicalgias indemnizaciones

Antes de nada queremos aclarar que en este blog, cuando nos refiramos a las indemnizaciones derivadas de accidentes de tráfico, nos referiremos a aquellas derivadas de la resonsabilidad civil del accidente, es decir, de aquellos accidentes en los que el conductor no es culpable de dicho accidente.

Es decir , cando decimos que las cervicalgias generalmente generan indemnizaciones que rondan los 3000-6000 euros, nos referimos siempre a cuando  no existe culpabilidad, porque en caso de ser culpable, ya no se podría usar el baremos de responsabilidad civil sino que sólo existiría la indemnización derivada de la reclación contractual de la propia aseguradora. El roblema es que ninguna aseguradora cubre las cervicalgias como tal., puesto que generalmente sólo cubren indemnizaciones por fallecimento o incapacidad total. Antiguamente la mutua madrileña si cubría las cervicalgias con una indemnización en torno a los 1000 euros. La única que en la actualidad cubre lesones de este tipo, es pelayo que paga 21 euros por día de baja.

Por supuesto está ndemnización es compatible con la de resonsabilidad civil en caso de que la culpa no sea del lesionado...

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